Este viernes 5 en horas de la tarde, el Dr. Emilio Grippaldi, docente de la Facultad de Administración, Economía y Negocios (FAEN) brindó en el Salón Auditorio “Francisco Caballero” de la unidad académica, una conferencia titulada “Autonomía universitaria, orden jurídico y estatuto de la UNaF”.

En ese sentido, el Dr. Grippaldi, quien es profesor titular de la cátedra de Derecho Constitucional y Administrativo en las carreras de Contador Público y Licenciatura en Comercio Exterior, señaló que “esta conferencia es para la comunidad universitaria en particular, y la comunidad en general, con temas que son álgidos para el conocimiento vulgar y científico. Como ser, por ejemplo, todo lo que hace a la autonomía en un país federal como el nuestro, por el cual tanto han peleado nuestros gauchos, y ver cuáles son los órganos de autonomía consagrados por la reforma constitucional de 1994”.

“Asimismo, una vez que se dilucida qué es la autonomía, diremos cuáles son las normas jurídicas que encuadran esa autonomía. Vale decir el orden jurídico nacional que ha variado con la reforma de 1994. Y luego de ese orden jurídico nacional, ver lo que es un orden jurídico provincial, un orden jurídico municipal y particularmente, un orden jurídico universitario, que es lo que nos incumbe”.

El docente agregó que “luego, nos referiremos al estatuto de la UNaF, que viene a ser la carta magna de la universidad pública, autónoma, con autarquía financiera consagrada por la Constitución Nacional. Luego, comparar esa carta magna universitaria con la municipal, que serían las cartas orgánicas municipales (ausentes en la provincia de Formosa) y las constituciones provinciales, que encabezan el orden jurídico de cada provincia en un país federal, donde las autonomías provinciales y cada una de las autonomías hacen al todo de ese estado federal argentino consagrado desde el artículo 1° de la Constitución Nacional”.

“Hablamos también del país federal que nos debemos desde la lucha de nuestros gauchos y que trasciende a mucho antes de 1810, cuando José Gervasio de Artigas luchaba contra las invasiones inglesas en 1806 y 1807. Aspiraban a la conformación de un país confederal o federal, tal como lo dice la Constitución Nacional en su artículo 1° y lo consagra inclusive en el artículo 35, donde le da a nuestro país el tratamiento de confederación”, destacó finalmente el Dr. Grippaldi.