La CP Georgina Julio, responsable del Área Impositiva de la Secretaría de Gerencia y Desarrollo de la Universidad Nacional de Formosa (UNaF) brindó detalles sobre los cambios aplicados en las deducciones del impuesto a las ganancias.

En ese sentido, señaló que “las modificaciones tienen que ver con un cambio de denominación y de aplicación del anterior impuesto a las ganancias de cuarta categoría, donde estamos incluidos los trabajadores docentes y no docentes de las universidades nacionales, por la denominación de impuestos a los ingresos personales”.

“En el primer semestre de este 2024 aplicamos un régimen cedular a las altas rentas, que tenía un procedimiento totalmente distinto. Ahora, con la ley 27.743 y todo su paquete de modificaciones para el 2024 y 2025 retomamos nuevamente lo que es parecido al impuesto a las ganancias que ocupamos antes. Esto es porque volvemos a utilizar una base de cálculo del ingreso bruto donde deducimos los descuentos de ley, que son las deducciones generales, los descuentos de las cargas de familia y también todas las deducciones personales que presentamos a través del mecanismo de la aplicación del SIRADIG-Trabajador”.

La funcionaria agregó que “con el impuesto cedular perdimos ese poder de utilizar el SIRADIG-Trabajador, porque solamente teníamos dos deducciones habilitadas, pero el mínimo no imponible era lo suficientemente alto, que eran 15 salarios mínimos vitales y móviles, lo cual en cierta forma saldaba esta deuda de no poder deducir las cargas de familia y los descuentos de ley”.

“Ahora, con la nueva legislación aplicada en forma retroactiva a enero, varios agentes van a encontrar en su recibo de sueldo que se les aplicó una retención del impuesto a las ganancias, que comprende los haberes de julio y agosto del año en curso”.

“Anteriormente, había un piso o un tope legislado, en el cual nosotros en el sistema promediábamos el ingreso bruto, y a partir de ahí entraba en la base de cálculo para el impuesto a las ganancias y ahí se hacían todas las deducciones de ley. Ahora no hay explícitamente un piso para aplicar ese impuesto. Pero sí hay un cálculo aproximado que tiene que ver con lo que utilizamos para deducir tanto los descuentos de ley, las cargas de familia y el SIRADIG-Trabajador”.

Finalmente, la contadora Julio indicó que “cuando uno empieza a tributar impuesto a las ganancias tiene que ver a un profesional que pueda asesorarlo. Además, nosotros siempre estamos dispuestos a despejar cualquier duda, contactándonos al mail areaimpositivaunaf@gmail.com”.